- Una publicación falsa que señala al Senado y a los diputados de Bolivia, y al parlamento de Venezuela, de proponer una ley que regule el ejercicio de la religión circula desde 2016
Por Héctor Rodríguez Cárdenas
Desde el año 2016 circula una publicación que causa polémica en Bolivia y que se ha extendido a otras naciones como Venezuela. En las redes sociales se asegura que el Senado altiplano estaría debatiendo una ley que sancionaría, entre otras, a las “congregaciones que tengan un volumen alto al momento de celebrar culto” y condenarían a “cárcel a religiosos por predicar a horas impropias”.
Luego de consultar a varias fuentes, el equipo de Cotejo logró determinar que esta publicación detectada en Facebook es falsa, porque en el Senado boliviano no está en agenda la discusión de unas normativas relacionadas con la religión.
“El día de hoy se comienza a debatir la iniciativa de ley para la protección doméstica en el Senado del Estado” reseña las primeras líneas de la publicación que se completa enumerando las presuntas faltas graves que tendría la normativa y que serán sancionadas como por ejemplo “cárcel a religiosos por predicar a horas impropias; sanción a congregaciones que tengan un volumen alto al momento de celebrar su culto; sanción a quienes anden por las calles y visitando los hogares, incomodando a los peatones y violentando la integridad de la familia”.

De hecho, el artículo añade que en la discusión de la normativa se ha debatido sobre considerar como una “violación a la libertad de culto el imponer la lectura de la Biblia… Si esto se aprueba, desencadenará una persecución a la iglesia”.
El equipo de Cotejo.info revisó -el 1º de agosto de 2022- la página web de la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados, ambas de la Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia, y tras hacer una búsqueda exhaustiva de las leyes en desarrollo no se encontró alguna que indique regulaciones a prédicas religiosas o similares.
La única normativa que enmarca los derechos y deberes para el ejercicio de la libertad religiosa y de creencias espirituales en Bolivia, es la Ley Número 1161 difundida el 11 de abril de 2019 y que lleva por nombre Ley de Libertad Religiosa, Organizaciones Religiosas y de Creencias Espirituales.
Cuando se realizó una búsqueda en internet indagando si existía una ley con contenido similar al publicado en Facebook, se logró precisar que este tipo de desinformaciones están circulando en distintos países incluso en Venezuela desde el año 2016.
En un trabajo de la agencia AFP se precisó que en redes sociales y en mensajes de WhatsApp de habitantes de Chile, México, Colombia y Argentina, circula el mismo contenido y que en ninguno de esos países existía una discusión legal al respecto.
Resulta que el origen de esta publicación falsa surgió en República Dominicana, mediante cadenas de mensajes telefónicos. Pero, Diario Libre en una nota de prensa de junio de 2016 aclaró que no había proyecto que indicara explícitamente estas restricciones religiosas. Sin embargo, detallaron que “la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Senado expresa que las entidades religiosas tienen el deber de sujetarse a la Constitución y las leyes de la nación, respetar las instituciones del país, además de abstenerse de perseguir fines de lucro o preponderantemente económicos”.
En abril de 2021, esta desinformación se regionalizó en Venezuela mediante una cadena de WhatsApp que indicaba que se había “comenzado a debatir la iniciativa de ley para la protección doméstica en el Senado de la República venezolana. La cual contempla – cárcel a religiosos por predicar a horas impropias (sic)”.
El equipo de Efecto Cocuyo hizo la verificación y calificó el contenido de la cadena como falso. “La libertad de culto no forma parte de la agenda política y religiosa de las últimas semanas, menos si ya está estipulada en la Constitución. Algunos de los temas clave para la Conferencia Episcopal Venezolana (CEV), institución que es la vocería oficial de la Iglesia católica en el país, a la fecha son el acompañamiento espiritual en medio de la emergencia sanitaria por el COVID-19 y la próxima beatificación del doctor José Gregorio Hernández”, reseña el trabajo periodístico.
La clave de la falsedad en la versión que afirma se discute una ley de esa naturaleza en nuestro país está en que no existe, desde la aprobación de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de 1999, un sistema parlamentario bicameral, sino una Asamblea Nacional, por lo que mal puede estar en el “Senado de la República venezolana” una ley en fase de aprobación.
Efecto Cocuyo y AFP no son los únicos medios digitales que han desmentido esta publicación. La cadena también ha sido verificada en Colombia (Colombia Check), Bolivia (Bolivia Verifica) y México (El Sabueso de Animal Político). Todas concluyen que el contenido es falso.
Este texto periodístico de Cotejo.info es parte de la Iniciativa Third Party Fact-Checker de Facebook en Venezuela. Este programa de verificación independiente se lleva adelante desde 2016 y trabaja actualmente con más de 80 socios periodísticos en distintas partes del mundo.