- Desde la aprobación de la Ley Contra el Odio, criticar, denunciar y hacer burlas a funcionarios del gobierno venezolano se considera un delito que puede costar hasta 20 años de prisión
- Pese a que los funcionarios de la elite gobernante del PSUV han hecho llamados a la violencia contra adversarios políticos, no se les ha aplicado la Ley Contra el Odio
- La ONG Espacio Público considera que “los discursos de odio” son tratados “bajo el interés político partidista”
Por José Rivas
A mediados de mayo la militante del partido Voluntad Popular y ex diputada, Tamara Adrián, afirmó: “La Ley del Odio fue elaborada por el régimen de Maduro para perseguir a quienes lo adversan y por ello la usan con discrecionalidad”.
Las declaraciones de la abogada se dieron luego de la detención del alcalde del municipio Simón Rodríguez (El Tigre, estado Anzoátegui), Ernesto Paraqueima, por supuestos delitos de odio contra niños autistas.
El equipo de Cotejo.info revisó fuentes documentales y casos de detenciones bajo la Ley Contra el Odio para determinar la veracidad de la afirmación de Adrián. Los hallazgos permiten concluir que las declaraciones de la exdiputada son verdad.
Los ataques a las voces que adversan al gobierno, como menciona Adrián, no son algo nuevo en Venezuela. La Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los DD.HH. en Venezuela, Michel Bachelet, expuso que, entre mayo de 2021 y abril de 2022, su equipo documentó “166 restricciones indebidas del espacio democrático y cívico, incluida la estigmatización, la criminalización y las amenazas contra las voces disidentes”.
La Ley Constitucional Contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia fue publicada en Gaceta Oficial en noviembre de 2017. En el documento se establece que tiene como objeto “contribuir a generar las condiciones necesarias para promover y garantizar el reconocimiento de la diversidad, la tolerancia y el respeto recíproco, así como para prevenir y erradicar toda forma de odio, desprecio, hostigamiento, discriminación y violencia”.
¿Qué es el discurso de odio?
De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas, el discurso de odio es un lenguaje ofensivo contra un grupo o individuo y se basa en características como la raza, la religión o el género.
«Cualquier tipo de comunicación ya sea oral o escrita, —o también comportamiento—, que ataca o utiliza un lenguaje peyorativo o discriminatorio en referencia a una persona o grupo en función de lo que son, en otras palabras, basándose en su religión, etnia, nacionalidad, raza, color, ascendencia, género u otras formas de identidad», detalla la ONU.
En algunos países, estos delitos de odio son penados y regulados, pero ¿qué pasa en Venezuela?
Desde su aprobación, la ley ha sido cuestionada debido a que no fue creada por la Asamblea Nacional, si no por la Asamblea Nacional Constituyente. Durante su aprobación, no hubo una discusión abierta que permitiera el debate, el consenso y la inclusión de todos los sectores involucrados.
Además, la ley establece sanciones penales excesivas con prisión de 10 a 20 años. En su Artículo 20, la ley fija que:
“Quien públicamente o mediante cualquier medio apto para su difusión pública fomente, promueva o incite al odio, la discriminación o la violencia contra una persona o conjunto de personas, en razón de su pertenencia real o presunta a determinado grupo social, étnico, religioso, político, de orientación sexual, de identidad de género, de expresión de género o cualquier otro motivo discriminatorio será sancionado con prisión de diez a veinte años, sin perjuicio de la responsabilidad civil y disciplinaria por los daños causados”.
La pena es alta y desproporcionada si se contrasta con delitos como distracción de fondos públicos (2 a 10 años de prisión), o si se compara con la ley de otros países como España, donde los delitos de odio son sancionados en su artículo 510 del Código Penal con penas de prisión de 1 a 3 años y multa de 6 a 12 meses.
Luego de la publicación de la ley en Venezuela, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) alertó que con esta ley se podría aplicar “el uso de figuras vagas y sanciones exorbitantes e imprescriptibles para penalizar expresiones de interés público”.
El equipo de Cotejo.info recopiló ejemplos de la aplicación de la Ley Contra el Odio en Venezuela:
1: Detenidos por una sátira
En septiembre de 2018, cuando apenas se cumplió un año de la aprobación de esta ley, ocurrió uno de los casos más llamativos: Dos bomberos fueron detenidos y puestos bajo privativa de libertad por comparar a Nicolás Maduro con un burro. Los cargos imputados eran instigación al odio.

Los bomberos grabaron en video el recorrido de un burro por las instalaciones de la comandancia, mientras le llamaban -en tono de burla- “Maduro Moros”. Los funcionarios emularon una inspección y aprovecharon para denunciar las precarias condiciones con las que trabajaban.
La detención por la burla fue una pequeña muestra de lo que podía ocurrir con cualquiera que intentara hacer algo similar, porque se intentaría continuar silenciando y encarcelando a quienes criticaran la gestión de gobierno, sin necesariamente utilizar un discurso de odio.
Una nota publicada en 2021 por el Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ULA), denunció que tras tres años de detención, los bomberos permanecían en libertad condicional.
“Deben cumplir con régimen de presentación cada 30 días, tienen prohibido salir del estado Mérida, dar declaraciones públicas sobre su caso e incluso utilizar redes sociales”, explican en la nota.
2: Ni humor, ni libre expresión
En abril de 2022, el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc) detuvo bajo los cargos de instigación al odio a Florencio Gil Mata y a Olga Mata, de 72 años, con medidas cautelares por un video humorístico en el que mencionaban a varios funcionarios del gobierno venezolano.

En el video la mujer aparece vestida como una vendedora de desayunos, mientras amasa unas arepas, y dice: “Tengo la Hugo Chávez, rellena de mortadela; tengo la Diosdado Cabello, rellena de perico (arepa con huevos revueltos); tengo la Iris Varela, hecha con harina pran; y tengo la viuda (arepa sin relleno), que es la Cilia Flores (militante del PSUV y primera dama de Venezuela)”.
El fiscal general, Tarek William Saab, afirmó que la señora de 72 años estaba instando a matar a Nicolás Maduro. Olga fue obligada a pedir disculpas, tuvo que aclarar que sus intenciones no eran llamar a un magnicidio y el video solo tenía intenciones humorísticas.
La detención generó rechazo por parte de la ONG Espacio Público. “Cabe destacar que todo ciudadano puede ejercer su derecho a la libertad de expresión, en su dimensión individual y social, grabando y difundiendo videos a través del humor, sin que sea motivo de detención ni delito”, indicaron en una nota de prensa.
3: Privado de libertad por denunciar al gobierno
Otro ejemplo que demuestra la discrecionalidad de la ley fue la detención del defensor de DD.HH. y director de la ONG FundaRedes, Javier Tarazona, ejecutada el 2 de julio de 2021. Junto al activista fueron encarcelados los defensores Omar de Dios García y José Rafael Tarazona.

El director de FundaRedes se dedicó a documentar y denunciar las violaciones de DD.HH., presunto narcotráfico, explotación de oro, violencia de grupos armados y los enfrentamientos entre grupos irregulares y la fuerza armada venezolana, en los estados fronterizos.
El Ministerio Publico acusó a Tarazona de los cargos de terrorismo e incitación al odio. Justo un mes antes, había denunciado la existencia de propiedades inmobiliarias dentro de Venezuela que eran utilizadas por grupos de Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) y el Ejército de Liberación Nacional (ELN) para resguardarse, hacer encuentros y coordinar actividades ilícitas.
De acuerdo con Tarazona las casas estaban ubicadas en los estados Táchira, Barinas, Guárico y Miranda y eran utilizadas por altos líderes de estas organizaciones armadas bajo la protección de cuerpos de seguridad del Estado Venezolano.
Tarek William Saab indicó que Tarazona, al denunciar una supuesta relación entre el Estado venezolano y grupos irregulares venezolanos, había realizado acusaciones públicas sin pruebas, incitando al odio y atentando contra la “paz” del país.
4: Silenciar a la prensa
El 21 de marzo de 2020, fue detenido el periodista Darvinson Rojas por los cargos de instigación al odio e instigación pública. La detención se hizo sin orden judicial y durante el proceso no se le permitió acceso a defensa privada ni a un juicio justo.
En pleno inicio de la pandemia por la COVID-19 en Venezuela, Rojas había documentado discrepancias en el conteo de personas contagiadas por parte del Gobierno venezolano, por lo que el delito había sido documentar e informar cifras distintas a las oficiales.
En ese entonces, Amnistía Internacional expresó: “Estos cargos son de motivación política, y son un intento de silenciar la información de Darvinson Rojas sobre la pandemia en Venezuela. Por tanto, la organización pide que se archive la causa en su contra”.
Otras detenciones
Desde 2017 hasta la fecha han ocurrido otras detenciones amparadas en la Ley Contra el Odio que, aunque no han sido tan conocidas, demuestran cómo se busca silenciar a ciudadanos que desean expresarse contra funcionarios del gobierno.
En noviembre de 2020, los hombres Denys Custodio y Roberto Yánez fueron detenidos bajo la acusación incitación al odio por hacer comentarios de “desprestigio” contra el presidente del Instituto Nacional de Hipódromos (INH), Antonio “El Potro” Álvarez.
El Cicpc no dio detalles sobre el contenido de los tuits en los que supuestamente se desprestigió al ex deportista y militante del PSUV.
En marzo de 2021, los escritores Milagros Mata Gil, de 70 años de edad, y Juan Manuel Muñoz fueron detenidos en Anzoátegui luego de que Mata Gil escribiera un artículo criticando una boda realizada en tiempos de la pandemia de la COVID-19.
En el escrito, Mata Gil hace mención de la asistencia del fiscal, Tarek William Saab y su madre. También criticó el incumplimiento de medidas preventivas para evitar contagios por la COVID-19. Por esto, fueron detenidos en una comandancia policial por una noche, procesados por instigación al odio y liberados con medidas cautelares cada 30 días.
El 16 de junio de 2022, el ciudadano Yohn Alejandro Noguera fue detenido en Anaco, estado Anzoátegui, bajo los cargos de instigación al odio. ¿La razón?, criticar e insultar por WhatsApp a funcionarios de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) por cerrar comercios.
En febrero de 2022, William Echarry, de 70 años, y Juan Blanco, de 68 años, fueron detenidos en el estado Vargas luego de protestar pacíficamente. El tribunal Primero de Control de ese estado les dictó privativa de libertad por delitos de instigación al odio.
Los hombres, que forman parte de la organización Frente Amplio Venezuela Libre, salieron a protestar con pancartas defendiendo sus derechos a la participación. Por esta razón fueron apresados y acusados de un delito en el que podían pagar hasta 20 años de cárcel.
¿Cuál es la posición de las ONG frente a la ley?
La ONG, Acceso a la Justicia, advirtió que la ley viola derechos como la libertad de expresión, opinión e información: “Castiga a quien emita un mensaje por cualquier medio que el Gobierno considere que es de odio”.
“La Ley contra el Odio no es más que una herramienta dentro del vasto arsenal con el que cuenta el chavismo para reprimir a la disidencia, y así ha quedado en evidencia desde el primer momento. En los más de dos años que tiene en vigencia el instrumento solo se le ha aplicado a voces disidentes o a quienes se hacen eco de críticas contra el Gobierno, pero hasta el momento no se ha informado que se le haya aplicado a algún oficialista”, denunciaron en otro artículo de mayo de 2020.
La ONG Espacio Público indicó en un trabajo realizado en 2017 que “las expresiones públicas de odio, lejos de ser tratadas con la rigurosidad y proporcionalidad necesarias, bajo el principio de menor afectación posible al derecho a la libertad de expresión, resultan vaciadas de contenido por la abierta discrecionalidad y el interés político partidista”.
Espacio Público detalló que entre 2017 a 2021 se utilizó la “Ley contra el odio” en 45 oportunidades para limitar la libertad de expresión y opinión de personas y organizaciones. “En la práctica este instrumento generó una política de persecución a expresiones incómodas o críticas frente a ciertos sectores de la sociedad que detentan el poder”, indicaron.
Dentro del total de 60 personas afectadas por la ley, los principales fueron trabajadores públicos y de la salud con 18 casos, profesionales de medios de comunicación con 16 y nueve activistas.
Casos de “discurso de odio” en el sector oficial
La Ley Constitucional Contra el Odio, por la Convivencia Pacífica no es una herramienta para promover la justicia. Muchas de las detenciones no tienen fundamento, sino que se ejecutan de acuerdo a las consideraciones e intereses del funcionario de turno.
Por otra parte, esta ley no aplica para funcionarios oficialistas, militantes del PSUV o personas conectadas con la élite gobernante de Nicolás Maduro.
En septiembre de 2018, el diputado y militante del PSUV, Pedro Carreño declaró en una marcha oficialista: «A los escuálidos hay que joderlos, hay que escoñetarlos. No podemos dejar que persigan a ningún camarada en el terreno que sea».
La medida no generó ninguna repercusión judicial contra Carreño. Por el contrario, el parlamentario ha seguido en funciones y con protagonismo dentro de los cargos de gobierno.
Por otro lado, el empresario vinculado al oficialismo, Esteban Trapiello, dijo en el programa “Par de Calvos” que, si fuera por él, le pondría una bomba a todos los fotoreporteros. En el mismo episodio del podcast, hizo comentarios negacionistas del holocausto sin ninguna consecuencia de la Ley Contra el Odio.
Otro de los casos que pasaron sin ninguna repercusión, es el del candidato de PSUV en el estado Trujillo, Gerardo Márquez, quien en un mitin oficialista, dijo en su discurso: “Donde haya un escuálido, tenemos que sacarlo a coñazos de las instituciones”.
Ante la información documentada, los casos de detenciones arbitrarias registrados y las libertades de funcionarios del gobierno de emitir mensajes de violencia, el equipo de Cotejo.info determinó que la afirmación de Tamara Adrián es una verdad.
La Ley Contra el Odio ha sido utilizada para silenciar a la disidencia, mientras les deja campo abierto a los militantes del PSUV para emitir mensajes amenazantes y que instan a la violencia.