José Brito: “Ley de Fiscalización y Financiamiento de las ONG no atenta contra la libre asociación”



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  • Según el exdiputado y excandidato presidencial, el instrumento legal aprobado en segunda discusión por parte de la Asamblea Nacional, “lejos de ser punitiva, coercitiva o violatoria del derecho a la libre asociación, establece mecanismos para que el Estado venezolano pueda financiar ONG”, pero su afirmación es una verdad a medias
  • Organizaciones que monitorean la justicia en el país han alertado que la norma atenta contra la libre asociación al solicitar documentación excesiva y aplicar sanciones desproporcionadas  
  • La Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos puntualizó que la ley afectaría los derechos a la libertad de asociación y expresión

Por el equipo Cotejo.info y el Observatorio Venezolano Fake News (OVFN)

El pasado 14 de agosto, durante una entrevista en el circuito Unión Radio,  José Brito, diputado y excandidato presidencial, afirmó que: “La Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las ONG y Afines, lejos de ser punitiva, coercitiva o violatoria del derecho a la libre asociación, establece mecanismos para que el Estado venezolano pueda financiar ONG”.

La ley fue aprobada en segunda discusión por la Asamblea Nacional de amplia mayoría oficialista un día después de la declaración de Brito y tras un año y medio en pausa (se aprobó en primera discusión en enero de 2023). Su propósito es regular el funcionamiento de las organizaciones no gubernamentales (ONG) en Venezuela, cuya labor ha sido crucial en el contexto de la emergencia humanitaria compleja, las fallas de los servicios básicos, la contaminación ambiental y las violaciones de derechos humanos, entre otras variables que afectan a los ciudadanos.

El equipo de Cotejo.info y el Observatorio Venezolano de Fake News (OVFN) fijaron su lupa periodística en la afirmación Brito, sobre el referido instrumento legal y determinaron que es una media verdad que “no atentará contra el derecho a la libre asociación”.

Lo dicho por el excandidato presidencial no coincide con las advertencias dadas por voceros de ONG e instancias internacionales basadas en el conocimiento “extraoficial” del articulado. Sin embargo, debido a que se desconoce cuál es su contenido definitivo, dado que no ha sido publicada por el parlamento, no es posible realizar una valoración precisa del impacto real que tendrá sobre las organizaciones no gubernamentales.

La norma se encuentra a la espera de ser promulgada por parte del mandatario Nicolás Maduro, para su posterior divulgación en Gaceta Oficial.

Amenazas previas sin publicación de la ley

Diosdado Cabello, actual ministro de Relaciones Interiores, Justicia y Paz, ha sido uno de los promotores de dicha ley. Días antes de su aprobación en segunda discusión (15/08/2024),  cuando aún ostentaba el cargo de parlamentario y vicepresidente del Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv), afirmó en televisión nacional que todas las ONG iban a tener que registrarse, explicar de dónde provienen los fondos recibidos y cómo los gastan.

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En otras alocuciones ha afirmado que la ley será muy severa, sobre todo con las ONG que “conspiran”.

Sin embargo, se desconoce cuál será el impacto real y concreto del precepto legal sobre las organizaciones no gubernamentales, porque pese a su relevancia, el contenido del documento aprobado en segunda discusión no ha sido publicado en la página de la Asamblea Nacional. 

Las organizaciones internacionales y defensores de DD.HH. alegan que han tenido acceso al contenido del proyecto de ley y a los borradores de la norma, identificados como documentos filtrados, que han sido usados como base para las alertas sobre “graves restricciones” y posible desaparición de algunas ONG.

La organización dedicada a monitorear el sistema de justicia en Venezuela, Acceso a la Justicia, ha tenido acceso “extraoficial” a varios artículos que posiblemente formarán parte de la Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las ONG y Afines.

La organización ha señalado que los requisitos y recaudos para el registro de las ONG son “desproporcionados” y que, ante esto, las organizaciones estarían en “permanente incumplimiento”.

También han precisado que: “La ley prohíbe a las organizaciones realizar actividades políticas. Así, pedir elecciones justas, respeto a los derechos humanos o criticar las acciones del Gobierno contra el Estado de derecho, actividades relacionadas con políticas públicas, estarían prohibidas pese a no ser partidistas. Esto implica una inhabilitación de las organizaciones violando la Constitución”.

Acceso a la Justicia también ha advertido de posibles sanciones que van desde multas, suspensión preventiva, hasta disolución y anulación del registro de las organizaciones que incumplan el procedimiento. 

El hecho de que se disuelva a una organización por la falta de pago de una multa no sólo es desproporcionado, sino que incluso entra en colisión con normas laborales que prohíben el cierre de una fuente de trabajo, salvo por autorización expresa de los órganos laborales competentes y previo procedimiento. Esto se encuentra tan fuera de lugar, que, en el ámbito tributario, que en Venezuela es muy punitivo, la disolución no se contempla como sanción y, cuando se establece un cierre, siempre es temporal, lo que pone en evidencia las verdaderas intenciones del legislador”, cuestionan.

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Otro elemento clave que destaca Acceso a la Justicia es la probable prohibición de “la constitución de organizaciones fascistas o que promuevan el odio”, bajo consideraciones discrecionales de los funcionarios de turno y mediante la aplicación de otros instrumentos legales como la denominada Ley contra el Fascismo (aún en discusión).

Uno de los problemas del proyecto de Ley contra el Fascismo, Neofascismo y Expresiones Similares, que precisamente pretende castigar esas conductas, es que considera como tales por ejemplo las ideas conservadoras o neoliberales, con lo cual queda claro que el fascismo es lo que el funcionario considere qué es, permitiéndose así la ilegalización de organizaciones según estos vagos criterios”, advierten.

La preocupación de organismos internacionales

En enero de 2023, la Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos sobre Venezuela alertó sobre las restricciones presentes en la denominada ley anti-ONG y aseguraron que estas organizaciones ya trabajaban con limitaciones jurídicas, operativas y de financiamiento.

“En el análisis preliminar de la Misión, varias disposiciones del proyecto de ley (extraoficial) afectarían los derechos a la libertad de asociación y expresión, recogidos en los artículos 52 y 57 de la Constitución y en las normas internacionales de derechos humanos que vinculan a Venezuela”, precisaron en un informe del 30 de enero de 2023.

Para dar un ejemplo, en Venezuela hay ONG que monitorean cómo funciona el sistema electoral y los procesos electorales, otras que defienden presos políticos o documentan violaciones a derechos políticos o que vigilan la transparencia en el uso de recursos públicos. Todas ellas se podrían ver afectadas al tener incidencia en temas políticos.

Sobre esto la Misión expuso su preocupación: “Una interpretación amplia del concepto “actividades políticas”, que no está definido con claridad en la ley, permite subsumir todo tipo actividades de documentación, análisis y divulgación de información sobre las políticas y prácticas gubernamentales, incluyendo en materia de derechos humanos. Esta prohibición puede comprometer especialmente a las ONG dedicadas a la fiscalización del espacio público y democrático. También puede afectar a las organizaciones que colaboran con las tareas de documentación de las que se nutren las investigaciones de la Misión y otros organismos internacionales”.

En enero de 2024, meses antes de la aprobación de la ley, Amnistía Internacional sostuvo que esta medida era “abusiva” y violaría los derechos de asociación y privacidad de las ONG. 

Tras la aprobación de la ley, Ana Piquer, directora para las Américas de Amnistía Internacional, aseguró que esta nueva norma sería un retroceso. 

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“La ley viola flagrantemente los derechos de asociación y participación en asuntos públicos, entre otros, es una nueva arremetida del gobierno de Nicolás Maduro contra quienes luchan por los derechos humanos en Venezuela. La aprobación de esta ley pone en riesgo la existencia y funcionamiento de las organizaciones comunitarias, humanitarias y de derechos humanos con artículos ambiguos que servirían de base para sancionarlas de forma desproporcionada y hasta arbitrariamente ilegalizarlas de forma masiva”, sostiene textualmente en una nota de prensa publicada por Amnistía

Por su parte, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Volker Türk, expresó su “preocupación” ante la aprobación de la Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones No Gubernamentales y Afines.

“Insto a las autoridades a que no adopten estas u otras leyes que socaven el espacio cívico y democrático en el país – en el interés de la cohesión social y el futuro del país”, dijo días previos a la aprobación de la ley.

La Corte interamericana de Derechos Humanos subrayó en un mensaje en redes sociales que esta ley restringe “arbitrariamente el derecho a asociación” en un contexto de cierre del espacio cívico. 

De acuerdo con el organismo, esta ley “otorga a las autoridades del régimen la facultad de disolver unilateralmente aquellas que participen, según su criterio, en actividades políticas o que atenten contra la estabilidad nacional y las instituciones de la República”.

Conclusión

Ante las evidencias encontradas, el equipo de Cotejo.info y el Observatorio Venezolano de Fake News (OVFN) determinaron que es una media verdad la afirmación de José Brito, excandidato presidencial, sobre que “la Ley de Fiscalización y Financiamiento de las ONG está lejos de ser violatorio del derecho a libre asociación”.

Aunque el instrumento legal fue aprobado en segunda discusión por la AN y se encuentra a la espera de su promulgación por parte del mandatario Nicolás Maduro, así como la posterior divulgación en Gaceta Oficial, se desconoce su contenido definitivo, lo cual impide realizar una valoración precisa sobre su impacto real. 

Sin embargo, la información recabada de forma extraoficial por organismos internacionales y abogados venezolanos defensores de derechos humanos contradice la afirmación de Brito. Se estima, según lo contenido en el proyecto de ley y en borradores “filtrados”, que el texto contempla recaudos excesivos para el registro de las ONG, así como prohibiciones y sanciones que probablemente restringirán la labor de organizaciones civiles.

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